viernes, 8 de octubre de 2010

Bases - Concurso Fotografía

Artículo único.
El objeto de la presente Orden es establecer las bases reguladoras y convocar el concurso de fotografía escolar “P´EPIS: Tu Mirada Cuenta”, destinado a los alumnos comprendidos en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, y Formación Profesional de los centros educativos no universitarios, públicos y privados concertados y no concertados de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de acuerdo con las siguientes Bases:

Base primera.- Objeto.
Se convoca, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, un concurso de fotografía escolar con el fin de que los alumnos reflejen una situación en la que se pueda filtrar el mensaje de la seguridad y salud en el trabajo. La situación puede ser real o ficticia.

Base segunda.- Participantes.
1. Podrán participar en el presente concurso los centros educativos no universitarios públicos y privados concertados y no concertados de la Comunidad Autónoma de Cantabria correspondientes a Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional.
2. La candidatura será colectiva y, en cualquier caso, deberá ser formalizada por un docente responsable del centro.
3. La participación en el concurso implica la aceptación de las presentes bases.



Base tercera.- Presentación de trabajos.

1. Se hará de acuerdo con las siguientes normas:
— Se enviará una propuesta por curso: en papel.

— Se remitirá la fotografía original en b/n o color, impresa en papel fotográfico tamaño A3 por correo postal.
— Asimismo se remitirá la fotografía en formato. jpg en un CD, que se hará llegar por correo postal junto con la fotografía en papel.
— Las fotografías no podrán haber sido presentadas a otros concursos.
— Deberá estar acompañada de una breve memoria explicativa.
— Tendrá que estar relacionada con la Prevención de Riesgos Laborales.

2. Los trabajos presentados deberán incluir:
— Nombre del centro.
— Dirección postal.
— Nombre y correo electrónico del tutor responsable del curso.
— Nivel educativo y curso de los participantes.
— Título de la fotografía.
— Breve memoria explicativa.
— Permisos, licencias y otras autorizaciones de terceros necesarias para la utilización de las fotografías presentadas.
3. En el caso de centros privados concertados y no concertados se adjuntarán, además, los siguientes documentos:
a) Declaración responsable de no incurrir en alguna de las prohibiciones que para obtenerla condición de beneficiario establece el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17de julio, de Subvenciones. b) Acreditación de encontrarse al corriente de las obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social, mediante certificación obtenida por el órgano competente. La obtención de estas certificaciones se podrá realizar por la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, previa autorización expresa de los interesados, conforme al modelo contemplado en el Anexo II de la presente Orden.
4. La dirección postal a la que se harán llegar los trabajos es:
Concurso de fotografía: “Tu Mirada Cuenta”.
Instituto Cantabro de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Avenida del Faro, 33.
CP: 39012. Santander.
5. Los trabajos presentados serán cedidos al Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo, para su difusión y publicación conforme al Objetivo 4 de la Estrategia Cántabra de Seguridad y Salud en el Trabajo 2008 - 2012 y en el portal del Instituto www.icasst.es.
6. Los participantes deberán obtener todos los permisos, licencias y otras autorizaciones de terceros necesarias para la utilización de las fotografías presentadas. Todas y cada de estas autorizaciones y permisos deberán proporcionarse al Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo.
7. El plazo de presentación comenzará al día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria y fi nalizará el 26 de noviembre.


Base cuarta.- Premios y financiación.
1. El gasto de 18.000 euros que supone la concesión de los premios se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 15.00.494N.486 consignada en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para 2010.
2. De entre todos los participantes se elegirá una única fotografía ganadora, y, por ello, el centro que resulte ganador recibirá un premio por importe de 5.000 euros y una máquina de fotos para cada uno de los alumnos de la clase ganadora con un máximo de 25. Este premio será incompatible con el señalado en el apartado siguiente.
3. Los Premios se distribuirán del siguiente modo, resultando ganadores una de las clases participantes de cada uno de los niveles educativos participantes:
a) Educación Secundaria Obligatoria: un único premio de 2000 euros para el centro ganador de este nivel educativo y un mp3 para cada uno de los alumnos de la clase ganadora, hasta un máximo de 25.
b) Bachillerato: un único premio de 2000 euros para el centro ganador de este nivel educativo y un mp3 para cada uno de los alumnos de la clase ganadora, hasta un máximo de 25.
c) Formación Profesional: un único premio de 2000 euros para el centro ganador de este nivel educativo y un mp3 para cada uno de los alumnos de la clase ganadora, hasta un máximo de 25.
4. El importe de los premios será entregado a los centros que resulten ganadores mediante transferencia bancaria, en la cuenta señalada al efecto por los beneficiarios.
5. La entrega de los premios se realizará en un acto público. La información sobre el lugar, día y hora concretos del acto de entrega se comunicará por escrito a las personas interesadas y se anunciará en la página web del Instituto www.icasst.es.

Base quinta. Jurado y criterios para el otorgamiento de los premios.
1. La instrucción del procedimiento corresponderá al Servicio de Promoción y Planificación Preventiva, a través del Negociado de Formación y Promoción.
2. La valoración de las fotografías, corresponderá a un jurado, bajo la presidencia de la Subdirectora General de Seguridad y Salud en el Trabajo, cuyo voto será dirimente en caso de empate, y estará constituido por:
— 5 miembros de la Comisión Sectorial de Educación.
— 3 funcionarios del Servicio de Asistencia Técnica Preventiva Laboral.
— 2 funcionarios del Servicio de Promoción y Planifi cación Preventiva.
Actuará como secretario el Jefe/a de Negociado de Seguimiento de Programas Preventivos.
Su funcionamiento se regulará por las normas contenidas en los artículos 60 y siguientes de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
3. El jurado calificador valorará las propuestas presentadas de acuerdo con los criterios objetivos que se detallan a continuación, y según la ponderación que, sobre un total de 100 puntos, igualmente se indica:
a) La efectividad del mensaje, el tratamiento del tema y la impresión general, considerando especialmente lo sugestivo de las imágenes. Máximo 50 puntos.
b) Originalidad de las propuestas. Máximo 20 puntos.
c) Relación con la prevención de riesgos laborales. Máximo 30 puntos.
4. El Jurado emitirá informe en el que conste que de la información que obra en su poder se desprende que los beneficiarios propuestos cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a los premios.

Base sexta. Resolución y notificación.
1. El Director del Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo resolverá, previa propuesta del jurado, la concesión de los premios.
2. La Resolución se motivará en el fallo emitido por el jurado, y además de contener la relación de solicitantes a los que se conceden los premios, hará constar, de manera expresa, la desestimación del resto de las solicitudes. Cualquiera de los premios podrá ser declarado desierto.
3. La Resolución será publicada en el Boletín Oficial de Cantabria, sin perjuicio de su notificación individual a los centros educativos premiados.
4. El plazo para notificar o publicar la Resolución finalizará el 9 de diciembre de 2010, transcurrido el cual, los interesados podrán entender desestimadas sus solicitudes.
5. La Resolución no agota la vía administrativa, siendo susceptible de recurso de alzada ante la Consejera de Empleo y Bienestar Social, a interponer en el plazo de un mes, computado desde del día siguiente a la fecha de su notifi cación o publicación.
6. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones y ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

Base séptima. Obligaciones de los beneficiarios.
Los benefi ciarios deberán cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones y, en particular, facilitarán cuanta información les sea requerida por la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, el Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes.
La utilización de las fotografías premiadas por los beneficiarios deberá incorporar la mención de que han sido galardonadas por el concurso “Tu Mirada Cuenta”, promocionado por el Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Base octava. Incompatibilidad con otros premios.
Los premios concedidos al amparo de la presente convocatoria serán incompatibles con cualquier otro premio, subvención, ayuda o recurso procedente cualesquiera Administración o ente público o privado obtenido por el mismo trabajo.

Fuente: BOC NÚM 195

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